Que fideicomiso, que punto de equilibrio, que fondo de inversión… en el sector inmobiliario abundan términos que a veces pueden resultar confusos o sonar sofisticados, pero no hay tal.
Como en todo nicho de negocio, la construcción maneja términos que describen procesos o herramientas que es muy importante conocer.
¡Aquí este glosario, para qué no seas tú el que está abriendo la boca y mirando para el techo en la Sala de Ventas y se te escapen detalles importantes a la hora de comprar vivienda sobre planos!
Fideicomiso
Se trata de un contrato o acuerdo de voluntades a partir del cual las responsabilidades recaen entre los actores que lo celebran, es decir, fideicomitente, fiduciario y beneficiario.
Encargo fiduciario
Es el contrato que se firma entre la constructora y una entidad fiduciaria en la etapa de preventas. Este es el documento en la que se establecen las condiciones generales de la vivienda como precio, términos, plazos y condiciones para el inicio de la obra y posterior firma de la promesa de compraventa.
Entidad fiduciaria
Es una sociedad de recursos financieros que administra los recursos y bienes relacionados con un proyecto inmobiliario. Esta entidad está autorizada para recibir los recursos de un comprador potencial y verificar el cumplimiento de condiciones para la entrega de los recursos al constructor para dar inicio a la obra. Esta funciona bajo la supervisión, control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Punto de equilibrio
Se refiere al momento en el que la constructora realizó la cantidad de preventas que le permiten asegurar la viabilidad del proyecto. Generalmente, el punto de equilibrio se alcanza cuando con el 60% de las unidades (apartamentos), metros cuadrados o ventas del proyecto. Para proyectos VIS, corresponde al 50%.
Carta de instrucciones
Es el documento que firma el potencial comprador en la etapa de preventas y en el que manifiesta que conoce y acepta las condiciones del encargo fiduciario celebrado entre el constructor y la fiduciaria.
Fiducia mercantil
Es un negocio jurídico en virtud del cual el fideicomitente transfiere uno o más bienes al fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una finalidad determinada por el constituyente, en provecho de este o de un tercero llamado beneficiario, como dicta el el artículo 1226 del Código de Comercio.
Fondo de inversión
Sociedad anónima cuyo objetivo es reunir fondos de distintos aportantes o inversores, para luego ser invertidos en diferentes instrumentos financieros. Esta responsabilidad se le delega a una sociedad administradora de esos recursos, que puede ser un banco o una institución financiera; en este caso, una sociedad de servicios financieros como lo son las sociedades fiduciarias.
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